Informe UAI analiza la reforma laboral incluida en la Ley Bases
El doctor Marcelo González Acuña es abogado litigante y docente de la cátedra de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la carrera de Abogacía de la Sede Rosario de la Universidad Abierta Interamericana (UAI). Junto a un equipo de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas elaboró un extenso informe analizando las consecuencias de la reforma en la legislación laboral incluida dentro de la Ley Bases.
En diálogo con el portal de noticias Versión Rosario, el profesor González Acuña comentó: “Estas reformas son muy similares a las que se implementaron en la década del ‘90, y no cumplieron los objetivos proyectados, sino todo lo contrario”. En el estudio, titulado “Comentarios y consecuencias sobre la reforma laboral en la ley bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”, el especialista de la UAI analiza cada una de las modificaciones establecidas por la Ley.
“Los contenidos que se modifican son muchos en el ámbito del derecho individual de trabajo. La Ley de Contratos de Trabajo (20.744), se modifica en once institutos. Se derogan de todas las normas que establecen indemnizaciones especiales por trabajo no registrado (en negro) o defectuosamente registrado. Para los trabajadores independientes que inicien un emprendimiento productivo, se crea un régimen especial que permite incorporar hasta tres colaboradores sin relación de dependencia. Respecto al Estatuto de Trabajo agrario (ley 26.727) se modifican los artículos 16 y 69”, explicó González Acuña a Versión Rosario.
Con respecto a la votación de la Ley Bases en Diputados, señaló: “No la calificaría de apresurada, sino que responde a un cambio de tendencia ideológica que tiende a favorecer los intereses del empresario en perjuicio de los derechos de los trabajadores. Estas reformas son muy similares a las que se implementaron en la década del ‘90, y no cumplieron los objetivos proyectados, sino todo lo contrario”.
Consultado por una posible necesidad de cambios frecuentes en la legislación laboral para adaptarse a nuevos tiempos, consideró: “Es importante distinguir la flexibilización de adaptación, donde las modificaciones se adaptan a las necesidades sociales, inspiradas en los principios del derecho del trabajo, de la flexibilización de desregulación, que propone eliminar rigideces de la norma laboral, quitando derechos a los trabajadores con el objetivo discursivo que este tipo de disposiciones obstaculizan el establecimiento exitoso de inversiones”.
“Las modificaciones a la legislación laboral son necesarias, pero deben responder a la flexibilidad de adaptación. El instrumento jurídico ideal para las modificaciones de este tipo es el Convenio Colectivo de Trabajo y no la ley formal”, concluyó
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