Dia Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer
Verónica Castro*
El 25 de noviembre de cada año se conmemora el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Podría catalogarse como verdadera violación de derechos humanos, y se presenta a través de actos que dañan, amenazan, coartan y/o privan de libertad a una persona del género femenino o que se perciba como tal.
Dichos actos pueden manifestarse en el conglomerado de relaciones sociales, véase; familia; estado, educación, medios de comunicación, religión, trabajo, sexualidad en un medio intrafamiliar o en espacios públicos.
La convocatoria se inicia en 1981 por un movimiento feminista latinoamericano recordando el asesinato de dos hermanas, activistas políticas de nacionalidad dominicana a manos de la policía secreta de ese país. La finalidad de fijar un día evocativo sobre violencia de género representa la toma de conciencia de este flagelo estructural mundial y el reclamo de políticas estatales para su erradicación. Se trata de intensificar el reparo ante la subordinación de las mujeres frente al género masculino como la máxima exposición de un sistema patriarcal negativo.
Insistimos que la génesis de esa discriminación se encuentra en la falta de equidad imperante en muchos ámbitos de desarrollo público o privado del mundo entero, justificado en ciertos estados con políticas ciertamente anacrónicas e inadmisibles.
Hasta no hace demasiado tiempo atrás existía un profundo choque entre lo público y lo privado. Lo privado era sinónimo de domesticidad, espacio eminentemente reservado a la mujer y niños. Y por sobre ello el pater familiae, quien ejercía su autoridad.
Por lo antes expuesto, las relaciones de poder intrafamiliares no eran asunto de interés político, quedando todo ello fuera del debate democrático. Grupos activistas lograron contribuir a la transformación de los asuntos privados en públicos basados en principios de justicia, equidad e igualdad.
Debemos destacar el término equidad, por guardar mayor inclusión que igualdad, ya que esta última no parte precisamente del reconocimiento de las reales diferencias entre géneros. Esa igualdad está basada en el goce y el ejercicio de los derechos humanos, que permite trato diferente, aún por parte de la ley, cuando la situación es distinta.
A tal extremo llega la equidad, que podemos hablar de discriminación positiva, un concepto esencial al aplicar aquel principio general de derecho. Se trata de una discriminación positiva o acción afirmativa. Acciones o actuaciones orientadas a disminuir las prácticas discriminatorias en contra de ciertos sectores. Los llamados desarraigados o vulnerables.
La CEDAW (Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación), constituye un instrumento en el marco jurídico para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que permite la máxima participación de la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre. Se trata de una cuestión indispensable para el desarrollo de un país.
En el año 1993, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la “Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer”. La definen como: “Todo acto de violencia de género que resulte, o puede tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”.
Consideramos imperioso que debe existir un compromiso prioritario de los estados y de la comunidad internacional toda para darle finiquito a este azote que hasta el momento no ha logrado erradicarse.
*Abogada, especialista en Derecho de Familia. Secretaria Académica de la carrera de Abogacía de la Universidad Abierta Interamericana (UAI). Docente Asociada de Derecho de Familia Patrimonial y Extra Patrimonial UAI; adjunta en Derecho de Familia UNR y docente UBA.